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Una política más igualitaria

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Autora: Carolina Evans.

Desde 2015 en Chile existe la denominada “paridad de entrada” para las elecciones parlamentarias: «De la totalidad de declaraciones de candidaturas a diputado o senador declaradas por los partidos políticos, hayan o no pactado, ni los candidatos hombres ni las candidatas mujeres podrán superar el sesenta por ciento del total respectivo.”[1]

En 2020 se determinaron medidas especiales para las elecciones de la convención constituyente, las que se mantuvieron para las elecciones del consejo constitucional. Dentro de estas medidas se determinó la paridad de género, que establece que “deben resultar electos igual número de hombres y mujeres”.[2]

Esta medida ha causado polémica tras los resultados de las recientes elecciones del consejo constitucional, especialmente porque en algunos casos el ajuste por paridad implicó que salieran electas candidatas que tenía un porcentaje mucho menor de votos que el candidato al que reemplazaron.

Ante esto, surgen dudas sobre las razones que llevaron a implementar este sistema y, especialmente, sobre si el sistema cumple con sus objetivos.

Originalmente las cuotas de género se implementaron para aumentar el número de mujeres en cargos políticos ya que se encontraban muy subrepresentadas. El hecho de que existe discriminación hacia las mujeres a la hora de elegir líderes políticos y que las mujeres enfrentan un mayor costo de postularse a elecciones ha sido bastante documentado en la literatura y estudios. Pero, ¿funcionan realmente las cuotas?

En 2009 un grupo de académicos estudió el efecto que tiene la imposición de cuotas de género en India sobre la percepción y actitud que tienen los votantes hacia las líderes femeninas.[3] Para esto, aprovechan el hecho de que el sistema en India asigna aleatoriamente a distintas comunidades la obligación de que un tercio de los miembros del consejo sean mujeres, asignación que se realiza para cada elección. En dichos consejos se establecen las distintas políticas a aplicar en la comunidad. El hecho de que la medida se aplica a las comunidades de forma aleatoria es clave porque permite despejar las diferencias de resultados entre lo que fue causado por la política y lo que es causado por características de las comunidades que pueden hacer que se vota más o menos por mujeres.

Los resultados del estudio indican que un aumento inicial en el liderazgo femenino puede mejorar las perspectivas electorales de las generaciones posteriores de mujeres líderes. Específicamente, el estudio muestra que haber sido expuesto a la obligatoriedad de tener un tercio de representantes femeninos hace que las personas mejoren su percepción de las líderes femeninas y voten más por mujeres cuanto no están afectos a dicha obligatoriedad. Este efecto comienza a observarse tras haber estado expuestos dos veces a la medida.

Adicionalmente, encuentran que estar expuesto a la medida elimina los sesgos que llevan a las personas a votar por hombres. Específicamente, piden a una serie de personas evaluar el desempeño de un miembro del consejo frente a una situación de conflicto. Se describe la misma situación y solución, la única diferencia es que en algunos casos se menciona que el miembro del consejo es hombre y en otros que es mujer. Se observa que en las comunidades que estuvieron expuestas a la medida no hay sesgos de género en la evaluación, en comparación con aquellas no expuestas.

Por último, el estudio indica que la imposición de cuotas de género en las elecciones hizo que los hombres de las comunidades expuestas a la medida dejen de tener una percepción de las mujeres en cargos domésticos en lugar de en cargos de liderazgo.

En cuanto al efecto sobre las políticas, en 2004 académicos -entre los que se encuentra la premio Nobel Esther Duflo- también utilizan el sistema de India para evaluar el efecto que tiene la imposición de cuotas de género sobre el tipo de políticas que se realizan en las distintas comunidades.[4] Los resultados indican que en las comunidades donde se aplicó la medida, se asignan más fondos a políticas que son de mayor importancia para las mujeres que para los hombres. A modo de ejemplo, si las mujeres se preocupan más que los hombres sobre el medioambiente, en las municipalidades donde se obliga a que un tercio del consejo esté compuesto por mujeres se destinan más fondos a políticas medioambientales que en las municipalidades no expuestas a la medida.

En resumen, la evidencia indica que las cuotas de género son efectivas en eliminar los sesgos discriminatorios hacia las mujeres como líderes y en mejorar la percepción de los votantes hacia las mismas y sus capacidades. Adicionalmente indica que la elección de candidatas mujeres genera que las inquietudes y preocupaciones de las mujeres se encuentren mejor representadas a la hora de hacer políticas.

Es decir, podríamos esperar buenos resultados las medidas adoptadas en Chile para promover la participación de mujeres en cargos políticos si el objetivo es que en un futuro tengamos más líderes mujeres electas sin mecanismos de paridad, eliminar los sesgos de discriminación existentes y que las inquietudes de las mujeres estén mejor representadas.  De todas formas, dado que medidas como la imposición de la paridad a veces implican “meter la mano en la urna” en el sentido en que implican la elección de candidatos que no obtuvieron mayoría de votos, cabe preguntarse si estas medidas son la mejor forma de alcanzar dichos objetivos.


[1] Ministerio del Interior y Seguridad Pública (2015). Ley 20840: Sustituye el sistema electoral binominal por uno de carácter proporcional inclusivo y fortalece la representatividad del Congreso Nacional. Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. Recuperado de https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1108229 .

[2] Ministerio Secretaría General de la Presidencia (2020. Ley 21216: Modifica la Carta Fundamental para permitir la conformación de pactos electorales de independientes y garantizar la paridad de género en las candidaturas y en la integración del órgano constituyente que se conforme para la creación de una nueva Constitución Política de la República. Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. Recuperado de https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1143661 .

[3] Beaman, L., Chattopadhyay, R., Duflo, E., Pande, R., Topalova, P. (2009), “Powerful Women: Does Exposure Reduce Bias?”, The Quarterly Journal of Economics, Volume 124, Issue 4, November 2009, Pages 1497–1540.

[4] Chattopadhyay y Duflo (2004), “Women as policy makers: evidence from a randomized policy experiment in India”, Econometrica, Vol. 72, No. 5, 1409-1443.

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